Calle Haydn 1690

Villa Alemana, Valparaíso

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Asesoría

¿Ya tienes subsidio?

NOSOTROS TE AYUDAMOS A CONSEGUIR TU NUEVO HOGAR

En MDA contamos con proyectos en los cuales puedes comprar mediante tu subsidio habitacional DS-1 o por postulación automática DS-19.

Los subsidios habitacionales permiten a familias de diferentes realidades socioeconómicas con capacidad de ahorro, a obtener su primera vivienda con apoyo del Estado, con la posibilidad de acceder a proyectos en barrios que se encuentran bien localizados, conectados y cercanos a distintos servicios, que cumplen con estándares de calidad en cuanto a equipamiento, diseño y áreas verdes.

DS-19

¿Conoces el Subsidio de Integración Social y Territorial, DS-19?

Es parte del programa de Integración Social y Territorial liderado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).

Los proyectos que están asociados al Decreto DS19, permite que las familias o personas que no tienen un subsidio habitacional adjudicado puedan acceder a viviendas de estos proyectos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de postulación. Además, permite que las familias que se han adjudicado el subsidio de manera previa, a través de DS49 o DS1 para comprar una vivienda, lo pueden homologar en estos proyectos habitacionales, en la medida que existan viviendas por el valor correspondiente a su beneficio.

¿Cómo se financia mi vivienda?

Si ya tienes tu subsidio DS-1 ganado, ven y aplícalo en nuestros proyectos. Si aún no tienes tu subsidio habitacional DS-1, nosotros te asesoramos para que puedas postular y al ganar* comprar en nuestros proyectos.

*Será el Estado quien decidirá finalmente si ganas tu subsidio, nosotros como inmobiliaria nos comprometemos a asesorarte de la mejor manera posible durante este proceso, pero otorgar el subsidio no depende de nosotros.

AHORRO

SUBSIDIO HABITACIONAL

250 UF (aprox.)

BONO DE INTEGRACIÓN

200 UF (aprox.)

BONO DE CAPTACIÓN

100 UF (aprox.)

RECURSOS PROPIOS Y/O CRÉDITO HIPOTECARIO

*Subsidios adicionales propios de un proyecto DS-19.
*El subsidio no cubre gastos operacionales como gastos notariales, estudio de títulos, etc.

¡El subsidio DS-19 es de postulación automática!

Revisa los requisitos para postular a tu subsidio DS-19

DS-1

¿Conoces el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, DS-1?

Es un subsidio habitacional que se le otorga a personas y consiste en un aporte económico por parte del Estado a personas con capacidad de ahorro, los cuáles se dividen en 3 tipos:

TRAMO RSH AHORRO MÍNIMO VALOR MÁXIMO PRECIO VIVIENDA PRE-APROBACIÓN BANCARIA
1 60% UF 30 (variable) UF 1.100 (*) No requiere
2 80% UF 40 (variable) UF 1.600 (*) Sí requiere
3 Inscrito en el RSH (No debe sobrepasar el ingreso económico indicado por el MINVU) UF 80 (variable) UF 2.200 (*) Sí requiere

*El valor máximo del subsidio que pueden obtener las familias varía según la zona geográfica donde se espera aplicar este aporte del Estado. Estos valores rigen para comprar en proyectos DS-1.

**El Registro Social de Hogares es un sistema de información cuyo fin es apoyar los procesos de selección de beneficiarios de un conjunto amplio de subsidios y programas sociales.

IMPORTANTE: Al aplicar tu subsidio DS-1 en proyectos DS-19 los valores se homologan.

¿Cómo se financia mi vivienda?

Si ya tienes tu subsidio DS-1 adjudicado, ven y aplícalo en nuestros proyectos. Si aún no tienes tu subsidio  habitacional, nosotros te asesoramos para tu postulación y puedas adjudicar este aporte. Será el Estado quien decidirá finalmente si ganas tu subsidio, nosotros como Inmobiliaria nos comprometemos a asesorarte de la mejor manera posible durante este proceso, pero otorgar el subsidio no depende de nosotros.

Recuerda...

CONOCE NUESTROS PROYECTOS CON SUBSIDIO DS-1

Lo que debemos recordar para obtener nuestro subsidio DS-19 o DS-1

No aumentar deudas antes de firmar la escritura. Ej: Crédito, créditos de consumo o avances, tarjetas de casas comerciales.

No realizar cambios en el núcleo familiar declarado ni cambiar estado civil.

No adquirir propiedades habitacionales, terrenos o herencias (ninguno de los declarados en núcleo) hasta que la firma de la escritura de compraventa esté inscrita en el conservador de bienes raíces (4 meses aprox. después de firmar).